CATÁLOGO EN LÍNEA

Ley VIII 120 Modifica el artículo 25 de la ley nro.VIII 20

Colaborador(es): Tipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 2016Tema(s): Recursos en línea: Otras obras relacionadas: Ley En: B.O. nro. 12521 - 13 septiembre- 2016, p. 2 a 3Resumen: Modificase el artículo 25° de la Ley VIII N° 20, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 25°. Para ingresar en la docencia por el modo que este Estatuto y su reglamentación establezca, se debe reunir por el aspirante las siguientes condiciones generales y concurrentes
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Normativa y Legislación Centro Provincial de Información Educativa BO12521 (Navegar estantería(Abre debajo)) No para préstamo

Modificase el artículo 25° de la Ley VIII N° 20, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 25°. Para ingresar en la docencia por el modo que este Estatuto y su reglamentación establezca, se debe reunir por el aspirante las siguientes condiciones generales y concurrentes

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