Ley V 53 Creación del Departamento Atlántico
Tipo de material:
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
---|---|---|---|---|---|
Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N00069 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
Navegando Centro Provincial de Información Educativa estanterías Cerrar el navegador de estanterías (Oculta el navegador de estanterías)
N00066 Resolución ministerial 265 | N00067 Resolución ministerial 100 | N00068 Resolución ministerial 13 | N00069 Ley V 53 | N00070 Decreto 620 | N00071 Decreto 604 | N00072 Ley 435 |
LEY V - Nro. 53 (Antes Ley 3317)
Créase el Departamento Atlántico, el que tendrá por límites: al Norte el Paralelo 42; al Sur el Paralelo 46; al Oeste la costa del Océano Atlántico y al Este el límite determinado por las doscientas millas marinas, contadas a partir del precitado límite Oeste, salvo en los casos de los Golfos San Jorge, Nuevo y San Matías, en los que tal distancia será medida desde las líneas que unen los cabos que forman sus respectivas bocas. La investigación, la conservación, la protección, explotación y desarrollo de los recursos especificados en la presente Ley, son de competencia provincial y tendrán carácter prioritario
Provincial
Vigente