CATÁLOGO EN LÍNEA

Ley 4962 Prórroga de la Ley de Emergencia

Colaborador(es): Tipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 2002Tema(s): Recursos en línea: Otras obras relacionadas: LeyInternet En: B.O.02/12/31Resumen: Prorróganse, hasta el 31 de diciembre de 2003, los alcances y plazos previstos en la Ley N 4154 y sus modificatorias, con excepción de los artículos 8, 9 y 10 de la misma. La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2003
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Normativa y Legislación Centro Provincial de Información Educativa N03328 (Navegar estantería(Abre debajo)) No para préstamo

Ley Prov. 4962 Caducidad por Objeto Cumplido Rama VII Económico

Prorróganse, hasta el 31 de diciembre de 2003, los alcances y plazos previstos en la Ley N 4154 y sus modificatorias, con excepción de los artículos 8, 9 y 10 de la misma. La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2003

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