Ley 4962
Ley 4962 Prórroga de la Ley de Emergencia
- 2002
Ley Prov. 4962 Caducidad por Objeto Cumplido Rama VII Económico
Prorróganse, hasta el 31 de diciembre de 2003, los alcances y plazos previstos en la Ley N 4154 y sus modificatorias, con excepción de los artículos 8, 9 y 10 de la misma. La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2003
Provincial
Programas de emergencia
Políticas económicas
Chubut
Ley Prov. 4962 Caducidad por Objeto Cumplido Rama VII Económico
Prorróganse, hasta el 31 de diciembre de 2003, los alcances y plazos previstos en la Ley N 4154 y sus modificatorias, con excepción de los artículos 8, 9 y 10 de la misma. La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2003
Provincial
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Chubut