CATÁLOGO EN LÍNEA

Decreto 1111 Liquidación total del rubro Antigüedad

Colaborador(es): Tipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 2002Tema(s): Otras obras relacionadas: Ley; Decreto En: B. O. nro. 9090 - 09 oct. 2002Resumen: Establecer que a partir del 1ro. de agosto de 2002 se liquidará el total del rubro antigüedad a todos los Agentes de la Administración Pública Provincial, Entes Descentralizados, Autofinanciados y Empresas del Estado que no habían sido comprendidos en el Decreto 542/02, reglamentario de la Ley 4847. La liquidación del total del rubro antigüedad estará supeditado a las variaciones en el precio del barril del petróleo y que signifiquen una modificación relevante del ingreso por regalías petroleras en el marco de los recursos reales de la Provincia
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Establecer que a partir del 1ro. de agosto de 2002 se liquidará el total del rubro antigüedad a todos los Agentes de la Administración Pública Provincial, Entes Descentralizados, Autofinanciados y Empresas del Estado que no habían sido comprendidos en el Decreto 542/02, reglamentario de la Ley 4847. La liquidación del total del rubro antigüedad estará supeditado a las variaciones en el precio del barril del petróleo y que signifiquen una modificación relevante del ingreso por regalías petroleras en el marco de los recursos reales de la Provincia

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