Decreto 1111
Decreto 1111 Liquidación total del rubro Antigüedad
- 2002
Establecer que a partir del 1ro. de agosto de 2002 se liquidará el total del rubro antigüedad a todos los Agentes de la Administración Pública Provincial, Entes Descentralizados, Autofinanciados y Empresas del Estado que no habían sido comprendidos en el Decreto 542/02, reglamentario de la Ley 4847. La liquidación del total del rubro antigüedad estará supeditado a las variaciones en el precio del barril del petróleo y que signifiquen una modificación relevante del ingreso por regalías petroleras en el marco de los recursos reales de la Provincia
Provincial
Remuneraciones
Beneficios por antiguedad
Docentes
Empleados publicos
Asalariados
Chubut
Establecer que a partir del 1ro. de agosto de 2002 se liquidará el total del rubro antigüedad a todos los Agentes de la Administración Pública Provincial, Entes Descentralizados, Autofinanciados y Empresas del Estado que no habían sido comprendidos en el Decreto 542/02, reglamentario de la Ley 4847. La liquidación del total del rubro antigüedad estará supeditado a las variaciones en el precio del barril del petróleo y que signifiquen una modificación relevante del ingreso por regalías petroleras en el marco de los recursos reales de la Provincia
Provincial
Remuneraciones
Beneficios por antiguedad
Docentes
Empleados publicos
Asalariados
Chubut