Ley Nacional 419 Comisión Protectora de Bibliotecas Populares
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: 1970 Tema(s): Bibliotecas | Bibliotecas populares | Reglamentos | Buenos Aires | Financiamiento | Fomento de bibliotecas popularesRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea InternetResumen: Las bibliotecas populares establecidas o que en adelante se establezcan por asociaciones de particulares, en las ciudades, villas y demás centros de población de la República, serán auxiliadas por el Tesoro Nacional.El Poder Ejecutivo constituirá en la ciudad de Buenos Aires una Comisión Protectora de Bibliotecas Populares que tendrá a su cargo el fomento e inspección de las Bibliotecas Populares, así como la inversión de fondosTipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N00599 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
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N00595 Resolución ministerial 314 | N00596 Ley I 252 | N00597 Ley VIII 19 | N00599 Ley Nacional 419 | N00599 Decreto 2599 | N00600 Resolución Honorable Legislatura 285 | N00601 Ley VIII 70 |
Las bibliotecas populares establecidas o que en adelante se establezcan por asociaciones de particulares, en las ciudades, villas y demás centros de población de la República, serán auxiliadas por el Tesoro Nacional.El Poder Ejecutivo constituirá en la ciudad de Buenos Aires una Comisión Protectora de Bibliotecas Populares que tendrá a su cargo el fomento e inspección de las Bibliotecas Populares, así como la inversión de fondos
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