Decreto N° 1576/2023 : sin efecto incorporaciones, mensualizaciones, nombramientos, recategorizaciones y/o reubicaciones escalafonarias del personal de la administración pública /
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: 2023 Descripción: 3 pTema(s): Gobierno de la Provincia del Chubut Ministerio de Gobierno | Ministerio de educación | Empleados públicos | Empleados de la administración | Personal no docente | Personal auxiliar | Chubut | Auxiliares de la EducaciónRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Digitalizado En: Ley I N° 74 Artículos 6° y 102°Resumen: Deja sin efecto las incorporaciones, mensualizaciones, nombramientos, recategorizaciones y/o reubicaciones escalafonarias del personal de la administración pública del personal de planta de personal regido por la Ley I N° 74 y por los Convenios Colectivos de Trabajo del Estado, retrotrayendo todos los casos a su situación jurídica anterior, que hubieran tenido lugar dentro de los seis (6) meses previos a contar desde el dictado del presente decreto. Deja sin efecto la totalidad de los contratos de personal, cualquiera sea la denominación, en todos los organismos de la administración central y de los entes autárquicos, exceptuando a los que se encuentren afectados a programas especiales provinciales, nacionales o interjurisdiccionales.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N07915 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
Deja sin efecto las incorporaciones, mensualizaciones, nombramientos, recategorizaciones y/o reubicaciones escalafonarias del personal de la administración pública del personal de planta de personal regido por la Ley I N° 74 y por los Convenios Colectivos de Trabajo del Estado, retrotrayendo todos los casos a su situación jurídica anterior, que hubieran tenido lugar dentro de los seis (6) meses previos a contar desde el dictado del presente decreto.
Deja sin efecto la totalidad de los contratos de personal, cualquiera sea la denominación, en todos los organismos de la administración central y de los entes autárquicos, exceptuando a los que se encuentren afectados a programas especiales provinciales, nacionales o interjurisdiccionales.
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