Decreto 1424 Remuneración a docentes que cumplen tareas en días feriados
- 2010
A los maestros de grado, ciclo, sección, preceptores, celadores, maestros especiales, profesores, que a partir del 25 de mayo de 2010 cumplan tareas en días feriados se les abonará en el mes en que se produjere tal desempeño, el equivalente al 5% del salario básico del cargo testigo 1.11 (Maestro de Grado de Escuela Común) con más la antigüedad que corresponda
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