Ley XVIII N° 105 : régimen de abstención del débito laboral /
- 2020
- 3 p.
Establece un Régimen de Abstención del Débito Laboral para los agentes de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada y los Poderes Legislativo y Judicial, que al 31 de diciembre de 2019 pertenezcan a la Planta Permanente y en el marco de la Ley XVIII Nş 32 vigente, reúnan, al 31 de diciembre de 2024, los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria.
Provincial
Jubilación Cajas de jubilación Seguridad social Personal de educación Poder legislativo Poder judicial Prevención social Políticos Docentes Personal auxiliar Débito laboral