Resolución de Consejo 1793 Establecimientos escolares compartidos - 1989

Establecer a partir de la fecha, que todos los bienes existentes en los establecimientos escolares pertenecientes al nivel o modalidad que patrimonialmente se le haya hecho cargo, deberán ser compartidos sin excepción, por los distintos niveles o modalidades que funcionen en el mismo establecimiento, sin perjuicio de otras instituciones a las que se pudiera prestar colaboración. Serán responsables patrimoniales los directores de los distintos niveles o modalidades que se desenvuelvan en ese establecimiento

Provincial


Directores de escuela
Instalaciones educacionales
Utilizacion de los edificios