Ley V 53 Creación del Departamento Atlántico - 1989

LEY V - Nro. 53 (Antes Ley 3317)

Créase el Departamento Atlántico, el que tendrá por límites: al Norte el Paralelo 42; al Sur el Paralelo 46; al Oeste la costa del Océano Atlántico y al Este el límite determinado por las doscientas millas marinas, contadas a partir del precitado límite Oeste, salvo en los casos de los Golfos San Jorge, Nuevo y San Matías, en los que tal distancia será medida desde las líneas que unen los cabos que forman sus respectivas bocas. La investigación, la conservación, la protección, explotación y desarrollo de los recursos especificados en la presente Ley, son de competencia provincial y tendrán carácter prioritario

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Ley 4317