Resolución ministerial 317 Reconocimiento de títulos
- 1985
Reconocer validez para ejercer la enseñanza en establecimientos dependientes del Consejo Provincial de Educación, a los títulos docentes expedidos por establecimientos educativos de las provincias que en cada caso el organismo provincial determine.La competencia asignada por cada provincia a los títulos por ella expedidos será suficiente a los efectos de su inscripción en las Juntas o Departamentos de Clasificación, siempre que cada título se presente con las pertinentes constancias de legalización, registro y determinación de su competencia por parte de los organismos provinciales correspondientes
Provincial
Condicion del docente Validez de títulos Carrera docente Habilitación de títulos Incumbencias profesionales