CATÁLOGO EN LÍNEA

Ley I 116 Declaración Universal de los Derechos Humanos

Colaborador(es): Tipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 1988Tema(s): Recursos en línea: En: B. O. nro. 5652 - 02 dic. 1988Resumen: Se establece la obligatoriedad de la exhibición pública de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en los edificios públicos y en todas las reparticiones estatales provinciales que funcionen dentro de ellos. El Ministerio de Gobierno y Justicia del Chubut será el organismo encargado de la impresión y distribución (dentro de los sesenta días de sancionada esta ley) de los ejemplares de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
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Normativa y Legislación Centro Provincial de Información Educativa N02738 (Navegar estantería(Abre debajo)) No para préstamo

LEY I - Nro. 116 (Antes Ley 3196)

Se establece la obligatoriedad de la exhibición pública de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en los edificios públicos y en todas las reparticiones estatales provinciales que funcionen dentro de ellos. El Ministerio de Gobierno y Justicia del Chubut será el organismo encargado de la impresión y distribución (dentro de los sesenta días de sancionada esta ley) de los ejemplares de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

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