CATÁLOGO EN LÍNEA

Ley 5364 Docentes transferidos

Colaborador(es): Tipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 2005Tema(s): Recursos en línea: Otras obras relacionadas: Ley; Ley; LeyInternet En: B. O. nro. 9785 - 13 jul. 2005Resumen: Los docentes transferidos que hubieran prestado servicios en escuelas públicas o privadas transferidas a jurisdicción de la Provincia del Chubut y que acreditaran reunir los requisitos establecidos en el régimen jubilatorio provincial tendrán opción para acceder a los beneficios previstos en dicho régimen para el personal docente, siempre que registren como mínimo diez (10) años de aportes al sistema provincial
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Normativa y Legislación Centro Provincial de Información Educativa N01203 (Navegar estantería(Abre debajo)) No para préstamo

Ley Prov. 5364 Caducidad por Objeto Cumplido Rama XVIII Seguridad Social

Los docentes transferidos que hubieran prestado servicios en escuelas públicas o privadas transferidas a jurisdicción de la Provincia del Chubut y que acreditaran reunir los requisitos establecidos en el régimen jubilatorio provincial tendrán opción para acceder a los beneficios previstos en dicho régimen para el personal docente, siempre que registren como mínimo diez (10) años de aportes al sistema provincial

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