Decreto 206 Remuneración no bonificable
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Fijar, a partir del 1ro. de enero de 2004, una suma fija remunerativa no bonificable de PESOS CIEN - 00-mensuales que será otorgada a los agentes públicos del Poder Ejecutivo comprendido en las Leyes 1.820 y 2.152, cuando el total de sus haberes menos descuentos de ley percibidos en el mes anterior, excluídas las asignaciones familiares, sea mayor a PESOS DOSCIENTOS - 00- y menor a la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS - .300- inclusive, y que no perciba la suma fija establecida en el presente, por otro cargo o función
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