Resolución de Consejo 2038
Resolución de Consejo 2038 Directivos frente a establecimientos
- 1992
Establecer que el horario del personal directivo corresponde a la duración de un turno completo, y es de estimarse conveniente, de modo que se alterne entre el director, vicedirector y regente, al frente del establecimiento, en los turnos vigentes (mañana, tarde, vespertino o noche), durante la totalidad a hasta las dos (2) horas iniciales de los mismos o finales de cada turno. De optarse por esta alternancia, el director deberá establecer su horario central durante un número mayor de días semanales en el turno que se considere de mayor complejidad
Provincial
Directores
Carga de trabajo del docente
Horarios flexibles
Chubut
Nivel medio
Establecer que el horario del personal directivo corresponde a la duración de un turno completo, y es de estimarse conveniente, de modo que se alterne entre el director, vicedirector y regente, al frente del establecimiento, en los turnos vigentes (mañana, tarde, vespertino o noche), durante la totalidad a hasta las dos (2) horas iniciales de los mismos o finales de cada turno. De optarse por esta alternancia, el director deberá establecer su horario central durante un número mayor de días semanales en el turno que se considere de mayor complejidad
Provincial
Directores
Carga de trabajo del docente
Horarios flexibles
Chubut
Nivel medio