Ley 3246
Ley 3246 Traslado de docentes
- 1988
Ley Prov. 3246 Caducidad por Objeto Cumplido Rama VIII Educacion
Los docentes titulares tendrán derecho a solicitar traslado transitorio dentro de la jurisdicción provincial, fundado en la necesidad de mantener la unidad familiar surgida de matrimonio o unión de hecho no menor de dos (2) años, cuando el cónyuge o concubino se traslade por razones laborales, fuera designado en un cargo público con o sin estabilidad, electivo o no; cuando por razones de salud propia o de un familiar que no puedan ser atendidas en la localidad donde se desempeñe deba trasladarse a otra provincia. Los requisitos para la concesión serán reglamentados por resolución del Consejo Provincial de Educación
Provincial
Docentes
Traslados
Chubut
Ley Prov. 3246 Caducidad por Objeto Cumplido Rama VIII Educacion
Los docentes titulares tendrán derecho a solicitar traslado transitorio dentro de la jurisdicción provincial, fundado en la necesidad de mantener la unidad familiar surgida de matrimonio o unión de hecho no menor de dos (2) años, cuando el cónyuge o concubino se traslade por razones laborales, fuera designado en un cargo público con o sin estabilidad, electivo o no; cuando por razones de salud propia o de un familiar que no puedan ser atendidas en la localidad donde se desempeñe deba trasladarse a otra provincia. Los requisitos para la concesión serán reglamentados por resolución del Consejo Provincial de Educación
Provincial
Docentes
Traslados
Chubut