CATÁLOGO EN LÍNEA

Ley VIII 122

Ley VIII 122 Sustitúyanse los artículos 34 y 35 de la ley VIII Nro. 91 - 2017

Sustitúyase el artículo 34° de la Ley VIII N° 91 y sus modificatorias, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 34° Son objetivos de la Educación Secundaria: a) Brindar una formación ética que permita a los/as estudiantes desempeñarse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones; practicar el pluralismo, la cooperación y la solidaridad; respetar los derechos humanos; rechazar todo tipo de discriminación; prepararse en la resolución pacífica de conflictos y en el ejercicio de la ciudadanía plena

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