Ley VIII 7
Ley VIII 7 Declarar obligatoria en la provincia la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo
- 1961
LEY VIII - Nro. 7 (Antes Ley 340)
Declárese obligatoria en la Provincia, la enseñanza teórico-práctica del Cooperativismo en todas las escuelas dependientes del Ministerio de Educación y en todos los institutos de enseñanza, cualquiera sea su categoría que se crearen en lo sucesivo, como asimismo en todos los organismos de carácter educacional destinados a la promoción cultural del pueblo
Provincial
Cooperativas
Educacion cooperativa
Movimientos cooperativos
Leyes
Chubut
Ley 340
LEY VIII - Nro. 7 (Antes Ley 340)
Declárese obligatoria en la Provincia, la enseñanza teórico-práctica del Cooperativismo en todas las escuelas dependientes del Ministerio de Educación y en todos los institutos de enseñanza, cualquiera sea su categoría que se crearen en lo sucesivo, como asimismo en todos los organismos de carácter educacional destinados a la promoción cultural del pueblo
Provincial
Cooperativas
Educacion cooperativa
Movimientos cooperativos
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Chubut
Ley 340