Ley I 260
Ley I 260 Régimen de licencia por actividades artísticas y culturales para los agentes de cualquiera de los Poderes del Estado
- 2003
LEY I- Nro. 260 (Antes Ley 5089)
El Agente dependiente de cualquiera de los Poderes del Estado que como actor sociocultural aficionado, participe en actividades artísticas y culturales a título individual o conformando elencos o sea partícipe activo de aspectos organizativos de relevancia en tales actividades, convocadas u organizadas por entidades debidamente acreditadas del orden provincial, nacional o internacional, podrá gozar de Licencia por Actividades Culturales, con goce íntegro de haberes
Provincial
Empleados publicos
Licencias de perfeccionamiento
Actividades culturales
Leyes
Chubut
Ley 5089
LEY I- Nro. 260 (Antes Ley 5089)
El Agente dependiente de cualquiera de los Poderes del Estado que como actor sociocultural aficionado, participe en actividades artísticas y culturales a título individual o conformando elencos o sea partícipe activo de aspectos organizativos de relevancia en tales actividades, convocadas u organizadas por entidades debidamente acreditadas del orden provincial, nacional o internacional, podrá gozar de Licencia por Actividades Culturales, con goce íntegro de haberes
Provincial
Empleados publicos
Licencias de perfeccionamiento
Actividades culturales
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Chubut
Ley 5089

