Decreto 1121 Equiparación de cargos
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: 1995 Tema(s): Transferencia de docentes | Remuneracion de los docentes | ChubutRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Otras obras relacionadas: DecretoDigitalizadoResumen: Equiparánse los cargos transferidos con los del escalafón provincial: Decretos-Ley 1820 y 2152. Los sueldos y salarios del personal transferido, se liquidarán de acuerdo con las escalas provinciales según la equiparación del artíc.1ro. del presente decreto. Se establece un adicional remunerativo no bonificable para los docentes transferidos, denominado Adicional Transferencia. Al personal que le corresponda percibir el adicional por gastos de ubicación, sólo se le liquidará la diferencia que resulte entre el monto del gasto y el adicional establecido para ese cargoTipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N00288 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
El presente decreto cuenta con anexos que detallan la equiparación de cargos transferidos. El CPIE cuenta con dos (2) ejemplares de esta norma legal
Equiparánse los cargos transferidos con los del escalafón provincial: Decretos-Ley 1820 y 2152. Los sueldos y salarios del personal transferido, se liquidarán de acuerdo con las escalas provinciales según la equiparación del artíc.1ro. del presente decreto. Se establece un adicional remunerativo no bonificable para los docentes transferidos, denominado Adicional Transferencia. Al personal que le corresponda percibir el adicional por gastos de ubicación, sólo se le liquidará la diferencia que resulte entre el monto del gasto y el adicional establecido para ese cargo
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