CATÁLOGO EN LÍNEA

Resolución ministerial 377 Beneficio de becas universitarias y/o terciarias, ser docente

Colaborador(es): Zaffaroni, Luis A. Ministro | Paredes, Saida Inés Subsecretario | Punta, Diego Javier Subsecretario | Chubut Ministerio Educación | Subsecretaría de Política, Gestión y Evaluación Educativa | Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios AuxiliaresTipo de material: Archivo de ordenadorArchivo de ordenadorDetalles de publicación: 2012 Tema(s): Sistema Provincial De Apoyo Estudiantil | Dirección De Becas Y Políticas Compensatorias | Becas | Estudiantes universitarios | Educacion superior | Becas de estudios | DocentesRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea | Haga clic para acceso en línea | Haga clic para acceso en línea Otras obras relacionadas: DecretoInternetResumen: Dar de alta y baja, a los beneficios de Becas Universitarias y/o Terciarios, Ser Docente, dentro de la Provincia, cuya nómina constan en el Anexo I. Adjudicar las Becas Universitarias y/o Terciarias, Ser Docente, dentro y fuera de la Provincia correspondiente al mes de julio y complementaria de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2012, cuyas nóminas constan en el Anexo II, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Establecer que el beneficio adjudicado por la presente Resolución no será efectivo, si el beneficiario no cumplira a la fecha con las condiciones de regularidad dispuesta por el decreto 262/07
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Normativa y Legislación Centro Provincial de Información Educativa
N03748 (Navegar estantería(Abre debajo)) No para préstamo

Incluye Anexo I (Hoja 1) y Anexo II (Hoja 1 ), con el detalle de los alumnos

Dar de alta y baja, a los beneficios de Becas Universitarias y/o Terciarios, Ser Docente, dentro de la Provincia, cuya nómina constan en el Anexo I. Adjudicar las Becas Universitarias y/o Terciarias, Ser Docente, dentro y fuera de la Provincia correspondiente al mes de julio y complementaria de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2012, cuyas nóminas constan en el Anexo II, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Establecer que el beneficio adjudicado por la presente Resolución no será efectivo, si el beneficiario no cumplira a la fecha con las condiciones de regularidad dispuesta por el decreto 262/07

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