Decreto 1477 Puntaje a ser bonificado
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: 1997 Tema(s): Perfeccionamiento del docente | Puntaje | ChubutRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Otras obras relacionadas: Decreto; Ley; Ley En: B. O. nro. 7919Resumen: Establécese como antecedente profesional valorable o nueva forma de perfeccionamiento docente, la capacitación implementada por la Red Federal de Formación Docente Continua Jurisdiccional que fuera aprobada por la Comisión Evaluadora Provincial, a cuyo efecto se bonificará al docente capacitado, con dos (2) puntos, cincuenta (50) centésimos por cada Circuito completo de capacitación programada, debidamente acreditado por la autoridad competenteTipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N00131 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
Establécese como antecedente profesional valorable o nueva forma de perfeccionamiento docente, la capacitación implementada por la Red Federal de Formación Docente Continua Jurisdiccional que fuera aprobada por la Comisión Evaluadora Provincial, a cuyo efecto se bonificará al docente capacitado, con dos (2) puntos, cincuenta (50) centésimos por cada Circuito completo de capacitación programada, debidamente acreditado por la autoridad competente
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