Ley XIII 10 Mediación Comunitaria
Tipo de material: Archivo de ordenadorDetalles de publicación: 1999 Tema(s): Acuerdos | Conflictos | Solucion de conflictos | Conciliacion | Mediadores | Chubut | Mediación | Leyes | Ley 4540Recursos en línea: Haga clic para acceso en línea Resumen: La presente Ley tiene por objeto la promoción y establecimiento de la mediación comunitaria para la resolución de conflictos entre particulares. La mediación comunitaria es voluntaria para las partes y gratuita. No resulta condición previa para efectuar reclamos judiciales. El procedimiento de mediación y la actuación de los mediadores se regirá por las normas que se dicten en la materia. Créase el Registro de Centros de Mediación ComunitariaTipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
---|---|---|---|---|---|
Normativa y Legislación | Centro Provincial de Información Educativa | N00630 (Navegar estantería(Abre debajo)) | No para préstamo |
LEY XIII - Nro. 10 (Antes Ley 4540)
La presente Ley tiene por objeto la promoción y establecimiento de la mediación comunitaria para la resolución de conflictos entre particulares. La mediación comunitaria es voluntaria para las partes y gratuita. No resulta condición previa para efectuar reclamos judiciales. El procedimiento de mediación y la actuación de los mediadores se regirá por las normas que se dicten en la materia. Créase el Registro de Centros de Mediación Comunitaria
Provincial
Vigente