Resolución ministerial 819
Resolución ministerial 819 Licencia por maternidad
- 1987
El personal docente titular e interino femenino gozará de licencia por maternidad con goce íntegro de haberes por el término de ciento veinte (120) días corridos. Esta licencia comenzará a contarse a partir de los siete y medio (7 1/2) de embarazo, el que se acreditará mediante la presentación del certificado médico
Provincial
Docentes
Licencias por maternidad
Chubut
El personal docente titular e interino femenino gozará de licencia por maternidad con goce íntegro de haberes por el término de ciento veinte (120) días corridos. Esta licencia comenzará a contarse a partir de los siete y medio (7 1/2) de embarazo, el que se acreditará mediante la presentación del certificado médico
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